- La Comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC) sanciona a Google con 403 millones por vulnerar el RGPD en el tratamiento de datos de ubicación.
- La investigación abarcó tres funciones: Actividad web y de aplicaciones, Historial de ubicaciones y Precisión de la ubicación, entre 2018 y 2020.
- Google deberá adaptar sus sistemas a la normativa europea en un plazo de seis meses.
- BEUC celebra la sanción pero critica la lentitud del proceso, que duró más de ocho años.
La Comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC) ha impuesto a Google una multa de 403 millones de euros por vulnerar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en el tratamiento de los datos de ubicación de los usuarios. Esta sanción, anunciada el lunes, supone uno de los castigos económicos más significativos impuestos por el regulador irlandés, que ejerce como autoridad principal para la UE en el caso de la mayoría de las grandes tecnológicas estadounidenses.
La investigación, que arrancó en febrero de 2020, fue iniciada a raíz de las denuncias presentadas por varias organizaciones europeas de defensa de los consumidores, entre ellas la Organización Europea de Consumidores (BEUC). Tras un largo proceso, la DPC ha determinado que Google incumplió el RGPD durante el periodo comprendido entre mayo de 2018 y febrero de 2020 en varias de sus funciones, y le ha ordenado adaptar sus sistemas en un plazo de seis meses.

¿Qué funciones han sido objeto de la investigación?
La DPC ha examinado tres herramientas concretas de Google: Actividad web y de aplicaciones, Historial de ubicaciones y Precisión de la ubicación. Estas funciones, según el regulador, no cumplían con los principios de licitud, lealtad y transparencia exigidos por la normativa europea. Además, se ha detectado que la compañía conservaba los datos de ubicación durante más tiempo del necesario, lo que agravaba la pérdida de control por parte de los usuarios.

Las consecuencias para los usuarios
Graham Doyle, subcomisario de la DPC, ha explicado que los datos de ubicación son especialmente sensibles, ya que pueden revelar información privada como creencias religiosas, estado de salud o incluso orientación sexual. En este sentido, los fallos de Google podrían haber llevado a que los usuarios no fueran conscientes de que su ubicación se utilizaba para fines publicitarios o para inferir sus intereses, lo que supone una intromisión en su privacidad. La retención prolongada de estos datos durante más tiempo del necesario incrementó el riesgo de una pérdida de control total sobre la información personal, similar a casos donde Google pagara millones por uso de datos en Android.

Reacciones de las organizaciones de consumidores
La Organización Europea de Consumidores (BEUC) ha celebrado la decisión, pero también ha criticado la lentitud del proceso. Su director general, Agustín Reyna, ha asegurado que la sanción confirma la ilegalidad de las prácticas de Google y representa una «buena noticia para los consumidores». No obstante, ha subrayado que el hecho de que hayan pasado más de ocho años desde las primeras quejas evidencia una aplicación tardía de la ley, que puede resultar tan perjudicial como la ausencia total de aplicación.

Un precedente para las grandes tecnológicas
Esta multa se suma a la creciente lista de sanciones que los reguladores europeos han impuesto a Google y a otras grandes empresas digitales. Es la primera resolución de la DPC contra Google desde la entrada en vigor del RGPD, aunque el organismo mantiene otras tres investigaciones abiertas sobre la compañía. La sanción de 403 millones se convierte en la cuarta más elevada dictada por la DPC hasta la fecha, reflejando cómo la Unión Europea aprieta las tuercas a Google para proteger los datos personales de los ciudadanos.

La multa impuesta por la DPC a Google por el tratamiento de datos de ubicación no solo representa un castigo económico, sino también un aviso claro para todas las tecnológicas. La obligación de adaptar sus prácticas en seis meses y la constatación de que los usuarios podían perder el control sobre su información personal subrayan la importancia de cumplir escrupulosamente con el RGPD. La presión de las organizaciones de consumidores y la acción de los reguladores europeos están configurando un entorno más estricto para la privacidad digital.
